Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2026

VISTO:
La confección del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de esta Municipalidad, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2026; y,

CONSIDERANDO:
Que, su aprobación es imprescindible por tratarse de un documento legal que se adapta concretamente a las reales necesidades del Municipio;
Que, el presupuesto es un instrumento de planificación y ordenamiento para la gestión del Gobierno Municipal, tanto de la hacienda pública, como de la actividad económica y social del Municipio, con el objeto de promover su desarrollo en el mediano y largo plazo;
Que, los gastos en Personal del Ejecutivo Municipal representan un 52 % de los Ingresos Corrientes del Municipio, cumpliendo así los límites impuestos por el Artículo Nº 133 de la Ley 6.042 (Ley Orgánica de Municipalidades). En este rubro, está incluido un incremento en el salario de todo el personal que depende de la Municipalidad, al efecto de mantener el poder adquisitivo de los mismos. Las Locaciones y Servicios representan un 13% de los Ingresos Corrientes del Municipio.
Que, el monto destinado a los Gastos del Honorable Concejo Deliberante representa el 4% de los Ingresos Corrientes sin asignación específica, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 133 de la Ley 6.042 (Ley Orgánica de Municipalidades).
Que, el monto destinado a los Gastos de la Secretaría de la Producción, representa el 4% de los Ingresos Corrientes con asignación específica, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 05/2025 del Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Pueblo Libertador.

POR ELLO:
EL H.C.D. DE PUEBLO LIBERTADOR SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Art. 1º) APROBAR el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de esta Municipalidad para el Ejercicio 2026, cuyo monto asciende a pesos DOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES ($ 2.400.000.000,00), que obra como Anexo de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, de la presente.

Art. 2º) AUTORIZAR, que los recursos provenientes de Aportes No Reintegrables, Subsidios, Convenios y otros tipos de ayuda financiera, otorgados por la aplicación de Leyes Especiales Provinciales y/o Nacionales, como así también el incremento de los ingresos como consecuencia de mayores recursos que los presupuestados, sean incorporados al Presupuesto por Resolución del Departamento Ejecutivo, al igual que los respectivos créditos para atender la finalidad a que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicar al Honorable Concejo Deliberante.

Art. 3º) FACULTAR al Departamento Ejecutivo al dictado de la Resolución pertinente, que efectúe los giros de créditos presupuestarios existentes, dentro de los distintos rubros que forman parte del Presupuesto.

Art. 4º) COMUNICAR al Departamento Ejecutivo Municipal, Contaduría Municipal, Publíquese, Dése al Registro del Honorable Concejo Deliberante y Archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D

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PUEBLO LIBERTADOR, PCIA. DE CORRIENTES, 1 DE DICIEMBRE DE 2025



Ordenanza Firmada por:

  • Raúl Antonio Cañete – Vice Intendente Intendente Municipalidad de Pueblo Libertador
  • Silvia I. Herrera – Secretaria H.C.D.
  • Miño Norberto Rubén – Secretario General Municipalidad de Pueblo Libertador


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