Actualización y modernización del Plan de Cuentas
VISTO:
La necesidad de actualizar y modernizar el Plan de Cuentas de la Municipalidad de Pueblo Libertador, adecuándolo a las Normas vigentes de administración financiera, contabilidad pública y a los criterios de transparencia en la gestión pública; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Plan de Cuentas constituye una herramienta esencial para la registración uniforme, sistemática y clara de las operaciones económicas, financieras y patrimoniales del Municipio;
Que, la estructura contable vigente presenta limitaciones frente a las nuevas necesidades de gestión, elaboración de presupuestos, rendiciones de cuentas y presentación de ejecuciones presupuestarias;
Que, la actualización propuesta permitirá mejorar los procesos administrativos, optimizar la planificación presupuestaria, fortalecer los mecanismos de control interno y brindar información más precisa y oportuna para la toma de decisiones;
Que, el Departamento Ejecutivo ha elaborado el Nuevo Plan de Cuentas Municipal, el cual incluye una estructura ordenada por ingresos y gastos corrientes y no corrientes, y luego por secretarias.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUEBLO LIBERTADOR SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ART. 1°: APRUÉBESE el Nuevo Plan de Cuentas de la Municipalidad de Pueblo Libertador, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ART. 2°: ESTABLÉCESE que el Nuevo Plan de Cuentas será de aplicación obligatoria para todas las áreas administrativas, contables y financieras de la Municipalidad, a partir del ejercicio fiscal 2026.
ART. 3°: INSTRUYESE a la SecretarÃa de Hacienda y Finanzas a realizar las adecuaciones en los sistemas informáticos, manuales de procedimiento y circuitos administrativos necesarios para la correcta implementación del nuevo Plan de Cuentas.
ART. 4°: AUTORIZESE al Departamento Ejecutivo a dictar las normas aclaratorias, reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para su aplicación.
ART. 5°: DERÓGUESE todas las Normas Municipales que se opongan a la presente.
ART. 6°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal. PublÃquese. ArchÃvese.
PUEBLO LIBERTADOR, PCIA. DE CORRIENTES, 1 DE DICIEMBRE DE 2025
Ordenanza Firmada por:
- Raúl Antonio Cañete – Vice Intendente Intendente Municipalidad de Pueblo Libertador
- Silvia I. Herrera – Secretaria H.C.D.
- Miño Norberto Rubén – Secretario General Municipalidad de Pueblo Libertador

