Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2025
VISTO:
La confección del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de esta Municipalidad y las Cuentas de Terceros, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal para el Ejercicio 2025; y.
CONSIDERANDO:
Que, su aprobación es imprescindible por tratarse de un documento legal que se adapta concretamente a las reales necesidades del Municipio;
Que, el presupuesto es un instrumento de planificación y ordenamiento para la gestión del Gobierno Municipal, tanto de la hacienda pública, como de la actividad económica y social del Municipio, con el objeto de promover su desarrollo en el mediano y largo plazo;
Que, los gastos en Personal dependiente del Ejecutivo Municipal representan un 16.31% de los Ingresos Corrientes del Municipio, cumpliendo así los límites impuestos por el Artículo Nº 133 de la Ley 6.042 (Ley Orgánica de Municipalidades). En este rubro, está incluido un incremento en el salario de todo el personal que depende de la Municipalidad, al efecto de mantener el poder adquisitivo de los mismos. Las Locaciones y Servicios representan un 29.23% de los Ingresos Corrientes del Municipio.
Que, el monto destinado a los Gastos del Honorable Concejo Deliberante representa el 4% de los Ingresos Corrientes sin asignación específica, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 133 de la Ley 6.042 (Ley Orgánica de Municipalidades).
Que, el monto destinado a los Gastos de la Secretaría de la Producción, representa el 2% de los Ingresos Corrientes sin asignación específica, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 20/11 del Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Pueblo Libertador.
Que, se incorporan en forma separada al Presupuesto Municipal, las Cuentas de Terceros, que reflejan las situaciones donde el Municipio es depositario o tenedor temporario.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ORDENA:
ART. 1º) APROBAR el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de esta Municipalidad para el Ejercicio 2025, cuyo monto asciende a pesos MIL CUATROCIENTOS MILLONES ($1.400.000.000,00), que obra como Anexo de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, de la presente.
ART. 2º) TOMAR CONOCIMIENTO del Cálculo de Cuentas de Terceros de esta Municipalidad para el Ejercicio 2025 es 0, ya que los importes se retienen y se depositan en el mismo año, motivo por el cual el Anexo de Cuentas de Terceros de la presente no tiene importe alguno.
ART. 3º) AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a retener a favor del I.P.S. e I.O.S.C.O.R, la suma que surja de la liquidación de las Dietas de los Señores Concejales.
ART. 4º) AUTORIZAR, que los recursos provenientes de Aportes No Reintegrables, Subsidios, Convenios y otros tipos de ayuda financiera, otorgados por la aplicación de Leyes Especiales Provinciales y/o Nacionales, como así también el incremento de los ingresos como consecuencia de mayores recursos que los presupuestados, sean incorporados al Presupuesto por Resolución del Departamento Ejecutivo, al igual que los respectivos créditos para atender la finalidad a que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicar al Honorable Concejo Deliberante.
ART. 5º) FACULTAR al Departamento Ejecutivo al dictado de la Resolución pertinente, que efectúe los giros de créditos presupuestarios existentes, dentro de los distintos rubros que forman parte del Presupuesto.
ART. 6º) COMUNICAR al Departamento Ejecutivo Municipal, Contaduría Municipal, Publíquese, Dése al Registro del Honorable Concejo Deliberante y Archívese.-
PUEBLO LIBERTADOR, PROVINCIA DE CTES, 3 DE DICIEMBRE 2024
Ordenanza Firmada por:
- Raúl Antonio Cañete – Vice Intendente Municipalidad de Pueblo Libertador
- Miño Norberto Rubén – Secretario General Municipalidad de Pueblo Libertador

