Modificación de la Legislación Fiscal y Tarifaria Municipal
VISTO:
La Ordenanza N° 03/2008 de fecha 07 de Julio de 2008, sus modificatorias y las Normas vigentes, y:
CONSIDERANDO:
Que, por la citada Ordenanza se aprobó la Legislación Fiscal y Tarifaria que rige en la jurisdicción del Municipio de Pueblo Libertador.
Que, es facultad de este Honorable Concejo Municipal intervenir como Facultad exclusiva y excluyente en el tratamiento de esta materia.-
Que, consideramos necesaria la actualización de los artÃculos referidos de las Ordenanzas Fiscal y Tarifaria.-
Que, asimismo se deben modificar los montos que involucran a los fines adaptativos a la realidad económica.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ART. 1°) MODIFIQUESE los montos a cobrarse de la Ley Tarifaria Municipal en los conceptos tal como figura en el anexo I que forma parte de la presente.-
ART. 2°) La presente Ordenanza entrara en vigor a partir del dÃa 1 de enero del 2026.-
ART. 3°) GIRAR copia de la presente al DEM y a la Secretaria Contable, para su conocimiento y demás efectos.-
ART. 4°) PUBLICAR, dar al RM y archivar.-
PUEBLO LIBERTADOR, CORRIENTES 31 DE DICIEMBRE DE 2025.-
Ordenanza Firmada por:
- José Mauro Grunevalt – Vice Intendente Municipalidad de Pueblo Libertador
- Silvia I. Herrera – Secretaria H.C.D.
- Miño Norberto Rubén – Secretario General Municipalidad de Pueblo Libertador

