Modificación de la Legislación Fiscal y Tarifaria Municipal

VISTO:
La Ordenanza N° 03/2008 de fecha 07 de Julio de 2008, sus modificatorias y las Normas vigentes, y:

CONSIDERANDO:
Que, por la citada Ordenanza se aprobó la Legislación Fiscal y Tarifaria que rige en la jurisdicción del Municipio de Pueblo Libertador.
Que, es facultad de este Honorable Concejo Municipal intervenir como Facultad exclusiva y excluyente en el tratamiento de esta materia.-
Que, consideramos necesaria la actualización de los artículos referidos de las Ordenanzas Fiscal y Tarifaria.-
Que, asimismo se deben modificar los montos que involucran a los fines adaptativos a la realidad económica.-

POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ART. 1°) MODIFIQUESE los montos a cobrarse de la Ley Tarifaria Municipal en los conceptos tal como figura en el anexo I que forma parte de la presente.-

ART. 2°) La presente Ordenanza entrara en vigor a partir del día 1 de enero del 2026.-

ART. 3°) GIRAR copia de la presente al DEM y a la Secretaria Contable, para su conocimiento y demás efectos.-

ART. 4°) PUBLICAR, dar al RM y archivar.-


PUEBLO LIBERTADOR, CORRIENTES 31 DE DICIEMBRE DE 2025.-



Ordenanza Firmada por:

  • José Mauro Grunevalt – Vice Intendente Municipalidad de Pueblo Libertador
  • Silvia I. Herrera – Secretaria H.C.D.
  • Miño Norberto Rubén – Secretario General Municipalidad de Pueblo Libertador


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